"Nunca hubo un monumento de cultura que no fuera un monumento de barbarie. Y así como la cultura no está exenta de barbarie, no lo está, tampoco, el proceso de transmisión de la cultura. Por eso, en la medida de lo posible, el proceso histórico se desvía de ella. Considera la tarea de comprenderla como un cepillar de la historia a contrapelo" WALTER BENJAMIN

jueves, 7 de julio de 2011

Las comunas


Cuando la Ciudad de Buenos Aires dejó de ser un territorio federal para convertirse en un Ciudad Autónoma tuvo que seguir varios pasos. En principio dictar una Constitución que promulgara el funcionamiento de la nueva estructura política y administrativa, para luego abocarse a sus nuevas normas de funcionamiento político-administrativo y a la transición hacia ellas.
Entre una de esas nuevas formas de participación política tuvo lugar el proyecto de Comunas para acercar algunos niveles de gestión y planificación a los barrios y así poder gestionar desde el lugar donde se presentan las necesidades con personas que vivan en cada espacio comunal. Y, al mismo tiempo, apostar a una instancia más directa de la democracia, permitiendo a los vecinos poder planificar y gestionar dentro de su propio barrio algunas de las políticas a realizar en ellos.
Es por ello que no se puede entender el concepto de Comunas sin la idea de descentralización. El Estado delega en estas unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial y algunas de sus facultades para que, participación de los vecinos, organizaciones no gubernamentales y partidos políticos mediante, se puede lograr una gestión más eficiente y adecuada a las distintas prioridades de cada una de las Comunas.
Las Comunas estarán organizadas por un Consejo Comunal liderado por el Presidente del Concejo elegido a tal efecto, un Consejo Consultivo Vecinal y Áreas de Gestión que contarán con un espacio de participación vecinal y otro de Control Comunal integrado por organizaciones no gubernamentales. Algunas de sus facultades exclusivas serán las de planificar y ejecutar trabajos de mantenimiento urbano de las vías secundarias (no Avenidas o calles circuladas por líneas de colectivos); mantenimiento de espacios verdes; planificación, presentación del anteproyecto y ejecución del presupuesto anual de la Comuna; presentar iniciativas a la Legislatura o al Poder Ejecutivo; llevar adelante acciones que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de cada Comuna, etc. También existirán otro tipo de facultades que serán compartidas con el Poder Ejecutivo en acciones que comprendan la Ciudad como una totalidad, como por ejemplo obras que comprendan más de una comuna o el mantenimiento de Avenidas.
Para llegar a la conformación de la Comunas, que estarán divididas en conjuntos de barrios según la cantidad de población (son de entre150 mil y 220 mil habitantes), la Ley de Comunas 1777 establece un plazo de transición hacia la eliminación de los Centros de Gestión y Participación (CGP) y la posterior implementación de las administraciones comunales con las autoridades electas. Para ello el Poder Ejecutivo de la Ciudad debe llamar a elecciones para elegir a las Juntas Comunales. Luego de varias idas y vueltas, las elecciones serán celebradas el 10 de Junio próximo, poco más de 4 años después de lo que estaba pactado por ley.
Hoy por hoy, según las encuestas realizadas en todos los distritos, más de un 60% desconoce lo que van a elegir el domingo. La ley decía que era responsabilidad del Gobierno Porteño crear una campaña de educación y concientización de lo que son las comunas. Claramente la campaña brilló por su ausencia, atento a otras prioridades como intentar desesperadamente tapar la pésima administración macrista con opulentos afiches, pochoclos y globos.
Pero como el periodismo sigue siendo servicio, más allá de algunas personas que dedican esta hermosa profesión a la satisfacción de sus negocios personales, vaya este pequeño bálsamo de información y esperemos que les sea útil para arrancar el domingo un poquito mejor informado.

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